|
Foto Ilust.: WEB |
El organismo oficial tampoco admite la venta y comercialización de todos los productos de una jabonería. Entrá y conocé los detalles.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de un medicamento, una marca de copos de maíz y todos los productos de una jabonería.
A través de la disposición 3673/2019, publicada este martes en el Boletín Oficial, el organismo prohibió el uso, la comercialización y la distribución del siguiente producto médico: "Argyle/Umbilical Vessel Catheter /Estéril / Catéter de arteria umbilical/ LOTE NO. 460185/ Recorder No. 8888-160218/ Tamaño 3.5 FR. (1.2 mm)/Longitud 41 cm/16"/MANUFACTURED BY Sherwood MEDICAL, USA".
PUBLICIDAD
"El producto en cuestión pertenece a la Clase de Riesgo IV y está indicado para el acceso vascular a corto plazo a través de los vasos umbilicales en pacientes recién nacidos", explica la medida.
Por otra parte, mediante la disposición 3670/2019 se prohibió la venta de los conos de maíz "Sin TACC", de la marca La Calesita.
"El producto en cuestión infringe el artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 13 y 155 del CAA, por carecer de autorización de producto y de establecimiento, resultando ser un producto ilegal", detalló la ANMAT en el texto oficial.
Por último, no permite más "el uso y la comercialización en todo el territorio nacional de todos los lotes de todos los productos domisanitarios de la firma La Jabonería de Dora Nélida Aguer".
La Anmat detalló que los envases "no contaban con registro de establecimiento ante esta Administración Nacional, y por ende, tampoco contaban con los correspondientes registros de productos domisanitarios".
Cadena3
Publicar un comentario