La Afip informó que podrán adquirirse más de dos veces al año. Lo mismo sucederá con obras de arte y mercaderías de primera necesidad. Pero no quedarán fuera de las declaraciones juradas e impuestos.
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó ayer que los libros, los medicamentos con receta médica, las obras de arte -según ley 24.633- y mercaderías consideradas de primera necesidad para el destinatario se encuentran exceptuadas para las compras minoristas vía internet que se realizan en el exterior.
El organismo recaudador recordó que en el caso de corresponder el pago del arancel único del 50 por ciento sobre el valor de compra, el adquirente deberá presentarse en el Correo Oficial o en la Aduana correspondiente, con la declaración jurada correspondiente y la constancia del pago efectuado a través del volante electrónico de pago (VEP).
Asimismo, los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial o a través de Prestadores de Servicios Postales/Courier, deberán seleccionar el formulario 4550/T y completarlo con el detalle de la adquisición realizada.
La presentación de la declaración jurada se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente.
Al momento de confeccionar el mencionado formulario y VEP, en el campo Identificador del envío deberá informarse el número local asignado por el Correo Oficial y que le será comunicado al adquirente cuando arriba la mercadería.
Un envío suele tener un número de tracking internacional y cuando llega al país el Correo Argentino le asigna otro número local. Este último es el que debe consignarse en dicho campo, aclaró la AFIP.
Cadena3
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