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Foto: Clarín |
El arma amiga, la confianza que tenían, los ingresos y egresos al departamento son parte de los elementos considerados en los fundamentos del juez Ercolini.
El juez Julián Ercolini procesó al técnico informático Diego Lagomarsino al encontrarlo responsable del delito de homicidio simple agravado por el uso de armas de fuego, en calidad de partícipe necesario de la muerte de Alberto Nisman. El arma amiga, la confianza que tenían, los ingresos y egresos al departamento son parte de los elementos considerados.
Con un embargo de 15 millones de pesos, se ordenó el congelamiento e inmovilización de sus cuentas bancarias a excepción de la cuenta sueldo, y si bien no se dictó la prisión preventiva, se mantuvieron las medidas de restricción: la tobillera electrónica, prohibición de salida del país, prohibición de tener pasaporte, no podrá alejarse de su domicilio por más de 24 horas. Fueron procesados además los cuatro custodios del fallecido fiscal. Los motivos de la decisión del Juez.
- Para Ercolini, el técnico informático "prestó una colaboración necesaria en el hecho ocurrido entre las 20 del sábado 17 de enero de 2015 y las 10 del domingo 18 de enero de 2015", cuando una o más personas (aún no identificadas) ingresaron al departamento de Alberto Nisman y "luego de reducirlo, fue trasladado hasta el baño ubicado en el cuarto principal de la vivienda donde se le habría dado muerte a través de un disparo en la cabeza". El mismo fue ejecutado con el arma Bersa calibre 22" que le proporcionó Lagomarsino.
- Durante la investigación, fue determinante para la consumación del homicidio, el nivel de confianza que tenían Lagomarsino y Nisman, "lo que le franqueó el acceso tanto a la vivienda del Fiscal como a sobrepasar a su custodia", indica la resolución de más de 600 páginas. El juez no creyó el planteo de que Lagomarsino tenía una relación "amo - esclavo" con Nisman. Sino que se trataba de una relación que "trascendía los parámetros que podrían considerarse habituales dentro de una relación de jefe-empleado y menos aún de sometimiento cuasi patológico como lo mencionó el propio imputado", sostuvo el juez. "La circunstancia de que Lagomarsino compartiera la titularidad de un producto bancario radicado en el exterior junto a dos familiares directos de Nisman, fortalece aún más la conjetura de que la vinculación entre ellos no se hallaba únicamente ceñida a cuestiones de índole laboral", sostuvo Ercolini sobre la cuenta con casi 600.000 dólares radicada en el banco Merril Lynch.
- Hubo, según el juez y el fiscal Eduardo Taiano, "un plan previamente acordado" que consistía en que Lagomarsino "proveyera un arma amiga" que permitiera "posteriormente una simulación de un suicidio". Para ejecutar dicho plan, era necesario que se facilitara "el ingreso al domicilio de la víctima de la pistola Bersa", propiedad del técnico informático, para después ser utilizada "por las personas que ingresaron a la vivienda y le quitaron la vida al Fiscal Nisman".
- Un apartado especial requirió el arma. Lagomarsino estuvo imputado por tenencia ilegítima del arma utilizada para el homicidio del entonces fiscal de UFI AMIA, algo que también resaltó el juez Ercolini.
- En este contexto, Lagomarsino, "en razón de la relación de confianza, la laboral y los intereses que lo unían con Nisman" y dada la asidua concurrencia al domicilio, "tenía conocimiento de información a su respecto que habría ayudado al desarrollo de la logística utilizada por el o los ejecutores del hecho", para así, asegurar el resultado "final y poder obrar sobre seguro".
- Previo a la muerte del ex fiscal, según los registros del sistema de seguridad del complejo Le Parc de Puerto Madero, el técnico informático -de jeans y remera-, concurrió al domicilio "previo al hecho", en dos ocasiones el sábado 17 de enero de 2015. Nisman se preparaba para un exposición ante el Congreso después de haber denunciado a Cristina Kirchner por encubrimiento del atentado a la AMIA tras la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán. Se habló allí de haber buscado "dotar de impunidad" a los cinco iraníes acusados de la voladura de la mutual judía.
- Según el análisis del juez, las visitas del sábado 15 de enero no fueron casuales. Lagomarsino "tenía conocimiento acabado de la situación y últimos movimientos de la víctima quien, ante la importancia pública e institucional de la exposición que haría el día lunes siguiente, se encontraba desde hacía días encerrado y relativamente aislado en su departamento, con las cortinas cerradas, preparándose para tal evento", remarcó en su resolución.
- Desde el día anterior hubo varios llamados telefónicos entre Nisman y Lagomarsino en función de la reconstrucción que hizo la fiscalía.
- Se tuvo en cuenta, que por la relación de confianza y la recurrente visita al lugar, conocía "la forma de ingreso/egreso al edificio, la ubicación de las cámaras de seguridad y la disposición del personal de seguridad del complejo y de la custodia policial de Nisman". También conocía, según el procesamiento, los datos relativos a la "distribución de los ambientes del departamento de Nisman", sabiendo que "estaba solo en el interior de su domicilio y demás condiciones de seguridad/vulnerabilidad en que se encontraba el Fiscal".
- La falta de seguridad informática. Se comprobó que Nisman poseía aparatos tecnológicos en su domicilio -computadoras, discos de almacenamiento de información y teléfonos celulares y fijos- y que a pesar de que había contratado a través de la Fiscalía y en forma particular personal especializado en temas de seguridad informática, lo cierto es que se encontraba en una situación altamente vulnerable en lo que a dicha temática refiere.
- Las amenazas recibidas por el fiscal. Nisman recibió amenazas con un contenido intimidante, que "eran suficientes como para generar temor de sufrir un mal contra su integridad física y la de su familia". Este riesgo fue suficiente como para que fuera evaluada la situación en la que se encontraba e incluso se dispusiera que se aumente la custodia que ya tenía. El entonces fiscal había exteriorizado "su preocupación respecto de las amenazas dirigidas a él y a los miembros de su grupo familiar, puesto que distintas personas, ya sea de su confianza o no, estaban al tanto de esa situación"
Los custodios de Nisman
- Rubén Fabián Benítez y Néstor Durán en su condición de funcionarios públicos asignados por la División Seguridad y Custodia del Ministerio Público Fiscal, tenían a cargo la protección de Nisman el 17 de enero. En este contexto, se contempló que sus incumplimientos "ayudaron a la perpetración del ilícito". Y se detalla: "Es decir, abandonaron voluntariamente el perímetro del sitio y al sujeto que debían custodiar, sin que ello se fundara en una orden de sus superiores jerárquicos y/o con conocimiento de éstos, a la vez que omitieron cumplir con la reglamentación que regía su actividad, dejando a Nisman sólo, desprotegido y al perímetro liberado".
- Fue ese proceder el que facilitó el ingreso del "arma homicida al domicilio del custodiado, que franqueó el acceso de los ejecutores del hecho, permitió que estos lleven adelante su accionar sin riesgo de ser descubiertos, determinó su salida impune del lugar e impidió tomar conocimiento del hecho en forma inmediata a su producción".
- No sólo ellos, sino el resto de los custodios imputados -Luis Miño y Armando Niz-, "posibilitaron la concreción del hecho", es decir: el asesinato de Nisman. Estos dos policías, "demoraron casi once horas en dar aviso a sus jefes de su incomunicación con Nisman, conforme les era exigido por el protocolo de actuación que los regía".
- La principal acusación recayó sobre Benítez y Miño, responsables de los dispositivos de seguridad el sábado y domingo respectivamente. Se los procesó por incumplimiento de de los deberes de funcionario público y como encubridores del homicidio. Se les trabó un embargo de 500.000 pesos a cada uno y se les prohibió salir del país.
Clarín
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