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Foto: Cadena3 | 
Para ello tendrán que responder a doce preguntas que definen las condiciones requeridas para mantener el beneficio. Estarán alcanzados los jubilados que cobren la mínima, los titulares de planes sociales y enfermos crónicos, entre otros.



El Gobierno nacional difundió el formulario que, con carácter de declaración jurada, deberán responder los usuarios que pidan mantener los subsidios para el consumo de servicios públicos.

Por otra parte, oficializó la quita completa de subsidios para los usuarios de la red de gas natural de las urbanizaciones de mayor categoría del país.

Lo hizo a través de dos resoluciones publicadas ayer en el Boletín Oficial de la Nación.

Declaración jurada
El formulario de declaración jurada contenido en una de las resoluciones consigna en su encabezamiento: "En el marco de la nueva política implementada por el Estado Nacional, es necesario que informe si usted considera que debe continuar percibiendo el subsidio aplicado a su servicio básico".

Puntualiza que "se mantendrán vigentes las políticas de exención que están siendo aplicadas desde el 2008, detalladas a continuación, por lo que usted deberá indicar con una X el casillero que corresponda".

Las preguntas son doce:

1. ¿Usted acredita una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio?

2. ¿Usted percibe como único ingreso previsional una jubilación
y/o pensión equivalente a un haber mínimo?

3. ¿Usted percibe Pensiones No Contributivas?

4. ¿Usted es beneficiario de algún Plan o Programa Social
(Asignación Universal por Hijo, Subsidios Por Desempleo, Plan
Familias, etc.)?

5. ¿Usted tiene el domicilio afectado por actividades de índole
social (Institutos, comedores comunitarios, centros de
recuperación, etc)?

6. ¿Usted percibe alguna asignación familiar?

7. ¿Usted cuenta con certificado de discapacidad?

8. ¿Usted posee ingresos familiares insuficientes para afrontar el
pago de la tarifa plena?

9. ¿Usted se encuentra exento del pago de ABL?

10. ¿Su vivienda posee características edilicias desfavorables que
impliquen la utilización de un mayor consumo de otro servicio?
(vivienda precaria con familia numerosa, vivienda precaria carente
de alguno de los servicios -gas o agua, etc-).

11. ¿Su vivienda posee un local anexo destinado a la actividad
comercial? (pequeños comercios, talleres de oficio, etc.)

12. ¿En su vivienda conviven múltiples hogares?

La resolución señala que "una vez suscripta la declaración jurada, debe colocarla en el sobre adjunto y acercarla a la sucursal del Correo Argentino para comenzar el trámite de exención. Personal de la distribuidora (local, en este caso de gas, que le corresponda) se contactará con usted para finalizarlo".

Quita a pudientes
Mediante la otra resolución publicada ayer, el Enargas instruyó a la empresas de distribución de gas de todo el país a realizar las modificaciones pertinentes para aplicar el "cargo ajustado en forma completa" para el consumo, en las zonas consideradas de mayor poder adquisitivo del país.

Esa medida estableció que debe "aplicarse a los consumos registrados a partir del 1 de enero de 2012 el cargo en forma completa, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Ministerio de Planificación Federal".

También puntualizó que la decisión afectará a los usuarios residenciales de "countries, barrios cerrados, clubes de campo y clubes de chacras, a nivel nacional, entendiendo como tales a aquellas urbanizaciones o predios cerrados o semicerrados no integrados al ejido urbano y que cuenten con servicios comunes y de seguridad privada".

"Las licenciatarias de distribución (de gas) deben facturar a todos los usuarios residenciales el cargo y el subsidio correspondiente en forma anualizada en cada período de facturación, con la posterior consolidación correspondiente al volumen real consumido", según el texto oficial.

Cadena3

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