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La Cámara de Senadores de la Nación convirtió en ley el proyecto sobre muerte digna que establece el derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, ante una enfermedad irreversible, incurable o que se encuentre en estado terminal.
La iniciativa fue debatida durante casi cuatro horas y aprobada por unanimidad.
El proyecto modifica la ley sobre Derechos del Paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud y establece el “derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también revocar posteriormente su manifestación de la voluntad”.
En el marco de esta potestad, el paciente que presente una “enfermedad irreversible, incurable o que se encuentre en estado terminal” tiene el “derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital”.
Asimismo, el proyecto aclara que “ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones” de esta legislación “está sujeto a responsabilidad civil, penal o administrativa”.
El presidente de la Comisión de Salud del Senado, el radical José Cano, expresó que con la sanción de esta Ley se está “atendiendo un reclamo social por la ausencia de legislación en esta materia”, así como adecuando la legislación argentina a “varios tratados internacionales”.
“Estamos garantizando derechos, estamos recuperando el rol que debe tener en el arte de curar el equipo médico”, explicó Cano para luego señalar como el principal objetivo de la norma el de “respetar la autonomía de la voluntad del paciente”.
A su turno, el oficialista Aníbal Fernández aclaró que la iniciativa “no es eutanasia porque eso significaría acelerar la muerte del paciente”.
“Este es el derecho del paciente a morir dignamente”, enfatizó Fernández, tras lo cual dijo que se estaba “en presencia de un concepto que avalan todas las religiones” al mencionar la encíclica Evangelium Vitae escrita por el papa Juan Pablo II en 1995 en la que menciona que “se puede en conciencia renunciar a unos tratamientos que procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia”.
El titular de la bancada radical, el formoseño Luis Naidenoff, manifestó que este “proyecto que pone en valor aquellos problemas cotidianos que tienen que ver con el dolor de miles de ciudadanos en nuestro país”.
“Este proyecto se enmarca en el respeto por la dignidad y por la autonomía de las personas en el contexto de la libertad general”, sentenció.
El socialista Rubén Giustiniani manifestó que el Senado votó una “ley que dignifica a este Congreso Nacional” y que “la muerte digna está vinculada con los derechos individuales y personalísimos”.
“Estamos dando una respuesta para terminar con el sufrimiento de miles de familias que padecen la extensión artificial de la vida de los pacientes”, expresó el senador santafesino.
Además, Giustiniani adelantó que la ley apunta a “terminar con el encarnizamiento terapéutico motivado, muchas veces, por intereses económicos”.
En cambio, la justicialista disidente Sonia Escudero pidió modificar el proyecto en el articulado que menciona el derecho del paciente a no ser alimentado ni hidratado, como uno de los métodos de muerte digna.
“La eutanasia activa es cuando le doy una inyección al paciente para terminar con su vida. La eutanasia pasiva es cuando omito la alimentación. En este caso, estamos ante un caso de eutanasia pasiva”, mencionó.
Para Escudero “no es muerte digna quitarle a un paciente la alimentación y la hidratación”; y agregó que “si esta ley necesita ser corregida con otra ley, no es una buena ley”.
En ese sentido, la oficialista Liliana Fellner mencionó su “preocupación” de que “esta ley no sea una herramienta válida y termine en la justicia” porque “hay contradicciones en la propia Ley” y “no están previstos los comités de bioética”.
Télam
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