El Senado debatirá hoy y aprobará por amplia mayoría los proyectos sobre "muerte digna" y de identidad de género, que cuentan con apoyo de oficialistas y opositores. Ambas iniciativas se convertirán de esta manera en ley y pasarán al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Ninguna de las bancadas de la cámara alta anunció que se opondría a la sanción y ningún senador las objetó ni en general ni en particular durante el debate en las comisiones.
La decisión del tratamiento fue decidida por los presidentes de los bloque, que deliberaron hoy en la Comisión de Labor Parlamentaria. La sesión fue convocada para las 14 y se estimó que habrá muchos oradores interesados en dejar en claros sus argumentos a favor de las iniciativas.
La iniciativa de identidad de género contempla que toda persona "tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, tal como cada persona la siente", corresponda o no con "el sexo asignado al momento del nacimiento".
El texto permite también que toda persona pueda solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de prenombre e imagen "cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida, sin necesidad de ningún trámite judicial o administrativo".
Dice también que los mayores de 18 años de edad puedan acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida "sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa".
El proyecto llamado de muerte digna obtuvo dictamen favorable de comisiones el 10 de abril último y reconoce que "el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos con o sin expresión de causa, así como también a revocar posteriormente su manifestación de voluntad".
La iniciativa indica que el paciente terminal puede rechazar procedimientos, cirugías y "medidas de soporte vital, cuando sean extraordinarias o desproporcionados en relación a las perspectivas de mejoría" pero lo obliga a expresar su postura al facultativo, quien antes lo habrá informado sobre su real estado de salud, los tratamientos a realizar y sus consecuencias.
También se establece que, en caso de que el paciente se vea impedido de dar su consentimiento, serán sus familiares o los responsables legales quienes deberán hacer conocer la decisión de prolongar la agonía por medios artificiales. Esta norma no implica la legalización de la eutanasia ni el suicidio asistido.
DYN
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