Últimas Noticias

0
La medida que extiende por un año más a partir del 1 de enero la vigencia del beneficio contemplado en los decretos 1402 y 1548 del año 2001 fue publicada hoy en el Boletín Oficial a través de la resolución 38, firmada por el ministro de Economía Axel Kicillof. (Foto Télam)

En el artículo 2 de la normativa se aclara que quedan exceptuadas del régimen de devolución parcial del Impuesto al Valor Agregado (IVA) las compras de combustibles líquidos y gas licuado.

En los considerandos se indicó "que aún continúan vigentes los motivos que oportunamente dieron lugar a la implementación del mecanismo de retribución para las operaciones de compra de bienes muebles o contratación de servicios que los consumidores finales abonen mediante tarjetas de débito, por lo cual resulta aconsejable prorrogar su vigencia desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, ambas fechas inclusive".
 
Télam 

Publicar un comentario

Emoticon
:) :)) ;(( :-) =)) ;( ;-( :d :-d @-) :p :o :>) (o) [-( :-? (p) :-s (m) 8-) :-t :-b b-( :-# =p~ $-) (b) (f) x-) (k) (h) (c) cheer
Click to see the code!
To insert emoticon you must added at least one space before the code.

 
Top